lunes, 11 de septiembre de 2017

Las Radios del Interior rechazaron resolución sobre contenidos nacionales
La Asociación de Radios del Interior, en su asamblea general ordinaria, celebrada el pasado 8 de setiembre, rechazó la resolución que obliga a las emisoras de radio de emitir el 30% de su programación, música nacional.

El gremio cuestionó la imposición y además estableció criticas al criterio de control. La resolución dice textualmente:

“Montevideo, 08 de Setiembre de 2017

VISTO: La Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) No. 101 (Acta 021), dictada con fecha 6 de julio de 2017.

RESULTANDO: I) Que por la misma se pretende reglamentar el Artículo 61 de la Ley 19.307 referente a la obligatoriedad de los servicios de radiodifusión sonora de emitir un porcentaje de música nacional en su programación;
Que  dicha reglamentación instituye un régimen de Declaraciones Juradas que deben presentar semanalmente los radiodifusores aportando información de de autor, compositor e intérprete, así como hora exacta en que emite cada pieza musical a efectos de que la Administración pueda realizar el contralor pertinente.

CONSIDERANDO:   
I) Que la firma de una Declaración Jurada en un tema de índole netamente administrativo resulta un hecho que expone a  serias consecuencias en caso de errores involuntarios que  pueden acarrear situaciones de carácter penal en una exigencia sobredimensionada al los fines que establece la ley por cuanto su  incumplimiento traería aparejado    sólo  sanciones de carácter administrativo y económicos.

 II) Que el sistema implementado en dicha resolución implica un costo a soportar por los radiodifusores para producir dicha información lo cual supone costos importantes para dar  cumplimiento cabal a lo exigido.
Que en sustancia y en la práctica no existe información disponible suficiente como para determinar  en todos los casos, autor, compositor, intérprete, de las piezas musicales dado que en la actualidad dicha información no está generalizada y;
Además tampoco  es  fácil determinar la composición de las bandas musicales para concluir  la mayoría uruguaya en ellas, pudiendo generar ello errores involuntarios en la información.
Que las emisoras del interior del país han sido siempre difusoras de la música nacional en porcentajes similares o superiores, los que se cumple en forma voluntaria e incluso con creses, con  la difusión de la temática musical uruguaya.
Que, en definitiva, la referida instrumentación supone trasladar la carga del contralor de la Administración al administrado, quien debería aportar todos los elementos que integran al control, con los costos relacionados

POR LO EXPUESTO:

RAMI (ASOCIACIÓN DE RADIOS DEL INTERIOR)  en su asamblea ordinaria del día de la fecha, declara:

1.- No aceptar  el intento de trasladar a los administrados la carga y los costos del ejercicio de control.

2.- Rechazar por inaplicable e improcedente la resolución No. 101 (Acta 021), dictada por URSEC con fecha 6 de julio de 2017.

3.- Denunciar que en el caso de la aplicación del procedimiento enunciado, en la resolución mencionada ocasionaría graves perjuicios en lo funcional y en lo económico a los administrados, hechos estos de difícil asimilación a los ya menguados ingresos del sector 

4.- Revindicamos la libertad de disponer de la confección de la programación de nuestras emisoras, salvaguardando las preferencias de las audiencias logradas por cada medio hasta el momento.

5. Declaramos que lo anteriormente enunciado no implica el incumplimiento de las obligaciones impuestas por la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

6. Consecuentemente:
                                    Se deje sin efecto la resolución de la URSEC Nº 101 Acta 021 de fecha 6 de Julio de 2017, y de toda otra resolución que traslade a los administrados la carga y los costos del ejercicio de control.

Dr. Jorge Urcelay                                              Dr. Carlos Arezo Posada
     Secretario                                                              Presidente”

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