martes, 24 de mayo de 2016

Cables irán a juicio por la Copa América
La Cámara Uruguaya de Televisión para Abonados (CUTA) va a presentar una “medida preparatoria” ante la Ursec para luego iniciar una demanda judicial contra la empresa Equital SA, que reúne a las empresas prestadores de televisión por cable (Nuevo Siglo, TCC y Montecable).

El enojo de la CUTA con Equital SA tiene que ver con los derechos de televisación de la Copa América. “Hoy está en riesgo que los partidos se pueden ver en varias localidades, porque nos pasaron precios exorbitantes para poder transmitirlos”, explicó a El País el presidente de la Cámara, Washington Melo.

“Queremos comprar solo la Copa América, pero ya nos quieren vender todo junto. Nos meten también el Mundial 2018, eventos FIFA que no nos interesan como ser el campeonato juvenil de fútbol femenino, y además los canales 4, 10 y 12. Nos interesa solo la Copa pero no la podemos comprar separada, es todo o nada”, agregó.

Melo sostuvo que hay dos opciones, “recargar de plata” a varios clientes de cable del interior o que las empresas asuman el costo. Ambas, sostuvo, son “inviables”. El presidente de la CUTA entiende que existe “un abuso de la posición dominante de Equital por ser los únicos que tienen el producto”.

Además, denunció que “están haciendo ofertas del mismo producto a diferentes precios, según el operador”. Y dio un ejemplo: “Existe el caso de una plaza con una cantidad de abonados y otra que tiene tres o cuatro veces más. A la primera le pasaron un precio de 120.000 dólares y a la segunda 18.000. Todo porque una es socia de Equital y la otra no”. 

“Por otro lado -continuó Melo-, Equital desconoce lo establecido en la ley de servicios audiovisuales, por lo cual los partidos de la selección salen por televisión abierta. Si se cumpliera con esto y los partidos de Uruguay salen por aire, el producto debería tener otro precio”. El presidente de la CUTA, además, sostuvo que Equital “no dejó margen para una negociación”.

sábado, 21 de mayo de 2016

Preocupación porque telefónicas móviles desactivan el receptor de FM
Se reunió el Consejo Directivo de la AIR en Lima, Perú. Su titular, José Luis Saca destacó que en este país existe una irrestricta libertad de expresión.

"En el Perú en general vemos una irrestricta libertad de expresión, pero en Venezuela vemos una situación preocupante, donde hay acoso contra los medios de comunicación, donde lamentablemente los periodistas no pueden ejercer su labor libremente", indicó Saca a RPP Noticias.

A su turno, el presidente de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV), Abraham Zavala, dijo que en la reunión de la AIR se abordó la importancia de los medios de comunicación durante la ocurrencia de desastres naturales.

Señaló que uno de los retos que tienen es que las empresas operadoras de telefonía móvil dejen de desactivar los chips que permiten captar la radio FM de manera gratuita en los celulares.

"Algunos operadores desactivan el chip, privando a la población de poder escuchar gratuitamente la radio a través de sus teléfonos, que en caso de un desastre natural, donde todas las comunicaciones se caen y las únicas que quedan en pie son la radio y la televisión, que sirven para que la gente siga conectada", expresó. 

Durante la reunión también se presentó un sistema de alerta temprana de tsunamis que funciona a través de la señal de televisión digital del canal estatal, el cual puede advertir hasta con 15 minutos de anticipación la ocurrencia de este desastre natural.
Reunión del comité jurídico de la AIR en Buenos Aires
El 1º de marzo se realizó en Buenos Aires, Argentina, una reunión del Comité Jurídico de la Asociación Internacional de Radiodifusión -AIR-, organizada por la Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas -ATA y la Asociación de Radios Privadas Argentinas -ARPA, en la que participaron destacados especialistas y expertos de distintos países que analizaron asuntos legales y de derecho comparado para la radio y la televisión.

En esta reunión, que fue moderada por el Dr. Paulo Tonet Camargo, Presidente del Comité, los asistentes intercambiaron experiencias y opiniones sobre temas de preocupación para la radiodifusión, como el Derecho de Autor y los Derechos Conexos en el nuevo escenario digital, los servicios OTT, el rol de los medios público-estatales, regulaciones para la transición a la tecnología digital en Televisión Abierta y gratuita, entre otros asuntos.

Audiencia con el Jefe de Gabinete del Gobierno de la Nación, Lic. Marcos Peña.

Al mismo tiempo, el 1º de marzo, el Grupo Ejecutivo de la AIR con su Presidente, el Ing. José Luis Saca, fue recibido en la Casa de Gobierno por el Lic. Marcos Peña, Jefe de Gabinete de Ministros del Presidente Mauricio Macri. También participaron de la reunión Miguel De Godoy, Presidente del ENACOM y Jorge Greco, Secretario de Medios.

La AIR expresó su beneplácito ante las primeras modificaciones introducidas a las leyes Nº 26522 sobre Servicios de Comunicación Audiovisual y Nº 27078 sobre Argentina Digital, así como por el anuncio de la creación de una Comisión para realizar una revisión de estas legislaciones.

Por su parte, el Lic. Peña destacó el importante rol que cumplen los periodistas y los medios de comunicación libres e independientes en las sociedades democráticas.

Reunión del Grupo de Trabajo MERCOSUR destacó la vigencia de principios de la AIR.

El miércoles 2 de marzo tuvo lugar la primera reunión del Grupo de Trabajo MERCOSUR de la AIR, en la cual se estableció una agenda de actividades con el fin de afianzar relaciones con los organismos reguladores de la región, así como también con otros órganos de este acuerdo regional.

Por otra parte, ante la existencia en algunos países de diversos instrumentos legales destinados a controlar la labor de los medios de radiodifusión, así como en otros, de iniciativas que pretenden continuar con dicha tendencia, el Grupo de Trabajo recordó la plena vigencia de postulados y principios de la AIR:

- La existencia de una radiodifusión privada, como medio de la libre expresión del pensamiento, garantiza la variedad de información y opinión, constituyendo un pilar esencial para la permanencia y vigorización de la Democracia y el Estado de Derecho.

- El libre acceso de los ciudadanos y consecuentemente de los medios de comunicación a la información debe ser asegurado y fortalecido.

- La práctica del periodismo tiene que ser libre, y por lo tanto, la cobertura de noticias no debe sujetarse a restricción estatal.

- En la elección de su programación, el radiodifusor debe actuar con la más amplia libertad, teniendo en cuenta su propio criterio y las características y preferencias de su audiencia.

- Es la opinión pública la que decide su preferencia por los medios de comunicación según la credibilidad que le merecen.

- La intervención del Poder Administrativo debe garantizar el pleno funcionamiento de los medios de comunicación sin intervenir en sus contenidos.

- La implementación de disposiciones destinadas a combatir la concentración de los medios de comunicación, según lo establece el Principio 12 de la Declaración de Principios de la Convención Americana de Derechos Humanos, no puede servir para atacar los medios de comunicación mediante su aplicación maliciosa, amenazando la libertad de empresa y su independencia económica, intentando hacer de la radiodifusión un dócil instrumento del Poder Político, coartando la Libertad de Expresión, debilitando el pluralismo y desestabilizando el sistema democrático.

La Libertad es el principal de los dones, sin el pleno ejercicio de ella el hombre no podrá hallar la justicia social y sin justicia social jamás se alcanzará la Paz.

martes, 17 de mayo de 2016

Operadores del sistema judicial y periodistas debatieron sobre libertad de expresión
Periodistas y actores del sistema judicial se reunieron en un seminario organizado por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) y Unesco para intercambiar y debatir sobre los derechos de libertad expresión y acceso a la información pública.

La actividad fue apoyada y se desarrolló en el Centro de Formación de la Cooperación Española en Montevideo, los días 11 y 12 de mayo.

La mesa de apertura contó con la participación del Sr. Embajador de España en Uruguay, Roberto Varela; el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique;  el fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, Jorge Díaz; el consejero de comunicación e información de la Unesco para el Mercosur, Guilherme Canela; y el Presidente del Consejo Directivo de CAinfo, Martín Prats.

El Embajador de España en Uruguay, Roberto Varela, abrió el seminario dando la bienvenida a los asistentes: “para el Centro de Formación es un honor acompañarles en el desafío de contribuir a la formación de operadores y operadoras del sistema judicial en materia de estándares relacionados con la libertad de expresión y el derecho a la información pública”.

Por su parte, Guilherme Canela de Unesco señaló la importancia del seminario en una realidad donde dos actores claves de la democracia, como el Poder Judicial y el periodismo, “no tienen la costumbre de dialogar entre ellos”.

En este sentido, Canela recordó que en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas se proponen un conjunto de metas que ponen en el mismo espacio al Poder Judicial y el acceso a la información pública y la protección de periodistas.

“Con este espíritu nosotros desde la Unesco queremos cooperar con los sistemas de justicia para que haya un acercamiento con la prensa, pero también que haya un acercamiento con la temática de la libertad de expresión y el acceso a la información pública”, señaló Canela.

Por su parte, el fiscal de Corte Jorge Díaz hizo hincapié en la importancia de trabajar en cómo se relacionan los operadores del sistema judicial con los periodistas. Díaz aseguró que “los medios masivos llegaron hace tiempo a la puerta de los juzgados para quedarse. Y quien no acepte esa realidad está negando la existencia de algo que es así”.

Díaz destacó el valor de realizar un seminario de estas características en la medida que los operadores del sistema de justicia tienen que relacionarse con los medios de comunicación para que la información se transmita correctamente al ciudadano, "que es en última instancia el destinatario del mensaje".

El Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique, se manifestó en el mismo sentido: “Creo que estos encuentros son importantes y esenciales porque tenemos que entendernos quienes estamos en la peripecia judicial con quienes están en la peripecia de los medios y de la información”.

Por último, el ministro Pérez Manrique alentó a seguir trabajando en estos temas: “No cabe ninguna duda que independencia e imparcialidad de los Poderes Judiciales; e independencia y autonomía de los medios de comunicación para asegurar la libertad de expresión e información de todos los ciudadanos, son dos elementos imprescindibles para la vigencia del estado de derecho, democrático y social como lo queremos”.

Las dos jornadas continuaron con un talleres de acceso a la información pública, privacidad y datos personales, libertad de prensa y ley penal, y libertad de expresión e internet (a cargo de Moises Sánchez de la Alianza para la Libertad de Expresión e Información).

Centro de Acceso
El seminario también sirvió de marco para la presentación del sitio web Centro de Acceso (www.centrodeacceso.org.uy). La nueva plataforma ofrece una amplia base de datos con documentos relativos a la libertad de expresión y prensa, radiodifusión, internet y acceso a la Información pública.

El Presidente del Consejo Directivo de CAinfo, Martín Prats, señaló que la página está pensada para que sea un instrumento de trabajo y de consulta útil para todos los actores del sistema judicial. “Buscamos que utilicen la página y que nos proporcionen información para que esté incluída allí”, señaló Prats ante jueces y fiscales presentes.

Matías Jackson de CAinfo destacó que en la base de datos se puede encontrar doctrina, informes internacionales, sentencias de tribunales nacionales e internacionales, entre otros materiales.

“El uso de la base se buscó hacer lo más simple posible de manera que desde una tablet, celular o una computadora se puede navegar por el sitio y encontrar los documentos”, señaló Matías Jackson.

jueves, 12 de mayo de 2016

Nuevo fallo a favor de Directv que logra eliminar tope de abonados
La empresa, que hace un mes hizo caer cuatro artículos de la ley de medios, ahora logró anular un decreto de fines de 2012.
Con dos fallos judiciales emitidos en 20 días, Directv eliminó todo obstáculo legal y administrativo que pusiera tope a la cantidad de clientes que puede tener, lo que representa una clara victoria de la empresa multinacional sobre el gobierno.

En una resolución dictada el 26 de abril y que fue notificada hace pocos días, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) anuló un decreto que había firmado el 31 de diciembre de 2012 el entonces presidente José Mujica y que limitó la cantidad de usuarios que pueden tener las empresas operadoras de televisión por cable.

La norma establecía que el total de abonados "no podrá superar" el 25% del total hogares de todo el país según los datos del Censo de 2011, a la vez que indicó que el número de usuarios de esos servicios "no podrá superar" el 35% de las viviendas en cada uno de los territorios en los que se divide la capacidad operativa de cada prestador.

"El decreto atacado implica la limitación de derechos y libertades consagradas en la Constitución de la República, los que solo pueden ser limitados por ley dictadas por razones de interés general, resultando totalmente ilegítima su restricción por vía reglamentaria", expresa la sentencia del TCA a la que accedió El Observador.

"En otras palabras, si el Estado pretende restringir la libertad de empresa y de comercio de los operadores privados, o si pretende limitar las posibilidades de elección de los ciudadanos en relación a la contratación de servicios para televisión para abonados, solo puede hacerlo mediante una ley, y aún más, para que sea constitucional, deberán invocarse fundamentos reales que tiendan a la satisfacción del interés general", insiste la resolución del TCA de 22 páginas de extensión que fue redactada por el magistrado José Echeveste y firmada por sus colegas de sala Alicia Castro, Eduardo Vázquez Cruz, Alfredo Gómez Tedeschi y Juan Pedro Tobía.

Sentencia de la Corte
El fallo del TCA tiene especial relevancia para Directv dado que esa norma había recobrado vigencia en relación a la empresa luego de que el 5 de abril la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inconstitucional el artículo 55 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA, conocida como ley de medios) que también fijó un tope para los prestadores de televisión para abonados pero en base a otro parámetro. A diferencia del decreto firmado por Mujica a fines de 2012, el artículo 55 de la ley de SCA establece que el número de usuarios de empresas de televisión para abonados "no podrá superar" el 25% del "total de hogares con televisión para abonados de todo el país". Asimismo, determinó que el total de suscriptores "no podrá superar" el 35% del "total de hogares con televisión para abonados de cada territorio donde existan otras autorizaciones o licencias de menor alcance".

El fallo de la SCJ contra el artículo 55 de la ley de medios (que también abarcó en forma parcial otros tres artículos) hizo que en cuanto a la limitación de usuarios volviera a regir para Directv el decreto de 2012 que, en los hechos, era más beneficioso para la empresa ya que parte de una base de cálculo mayor y que ahora fue derogado por el TCA.

En relación al artículo 55 de la ley de SCA, la SCJ sostuvo que "en virtud de la aplicación lisa y llana de la norma que impone los límites a la cantidad de clientes en localidades donde el único prestador del servicio de televisión para abonados es Directv, esta se verá obligada a rescindir contratos, es decir, a perder patrimonio sin la justa y previa compensación prevista en el artículo 32 de la Constitución".
Fuente:Observa.com

sábado, 7 de mayo de 2016

HISTÓRICO FALLO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Derecho de propiedad, libertad de empresa y libertad de expresión
Por Gustavo Gómez
 
La decisión de la Suprema Corte de Justicia en el caso DirecTV contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) tiene una trascendencia enorme, que va más allá del caso mismo, y que puede considerarse como histórica en materia de la democracia y la libertad de expresión.
Sabido es que la Corte desechó 23 de las 27 impugnaciones realizadas por la transnacional estadounidense. Apenas un artículo completo y tres incisos o párrafos de otras tantas disposiciones fueron declarados inconstitucionales.

Pero lo trascendente, para otros casos y también para la plena vigencia de los derechos humanos en Uruguay, está en los fundamentos de la sentencia, que coloca a nuestro máximo tribunal en sintonía con las mejores prácticas y los más altos estándares interamericanos en materia de libertad de expresión.

El conflicto de fondo
La Corte acierta ya en el diagnóstico del caso a analizar. En lo medular, dice la SCJ, el recurso expresa «un conflicto entre el derecho de libertad de expresión en su dimensión colectiva con otros derechos fundamentales: el mismo derecho de libertad de expresión en su dimensión individual, el derecho de libertad de empresa y el derecho de propiedad».

Y agrega, citando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación de la República Argentina (en un recurso similar contra la LSCA de ese país) que el control de regularidad constitucional «(...) debe realizarse teniendo en cuenta la naturaleza y entidad de los derechos en juego: el derecho de propiedad y libre comercio (...) [de la accionante] por un lado, y el derecho a la libertad de expresión en su faz colectiva, por el otro. Cuando lo que está en juego son normas referidas a cuestiones patrimoniales y restringen derechos de esa naturaleza (...), el control debe ser menos intenso, pues cabe reconocer al legislador un mayor margen de discrecionalidad».

Libertad de expresión de quiénes
La SCJ avanza firmemente en un concepto de libertad de expresión que incluye su comprensión como un derecho de los dueños de los medios, tanto como de la sociedad en su conjunto, retomando estándares interamericanos que han ido desarrollando y ampliando el concepto de libertad de expresión y lo diferencia de los derechos de libertad de empresa y libertad de prensa.

En sintonía con la doctrina y jurisprudencia emanada de los organismos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la Corte recuerda el denominado «estándar de las dos dimensiones », que «postula que el contenido de la libertad de expresión no debe vincularse sólo con el aspecto individual del derecho, sino que también se relaciona con la dimensión colectiva o social del mismo».
El artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, cita la SCJ en su sentencia, efectivamente señala que no sólo es el derecho unidireccional de «expresar a otros» sino que también comprende «la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole (...)». Es decir, que todas las personas «tienen no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole».

Frente al derecho a propiedad y la libertad de empresa debe considerarse, asimismo, el denominado «estándar democrático» de la libertad de expresión, afirma la Corte. Esto es, que «la libertad de expresión es un valor que, si se pierde, pone en peligro la vigencia de los principios esenciales para la existencia de una sociedad democrática».

Por estas razones, al momento de dirimir el conflicto de derechos planteado en la impugnación de DirecTV, el Tribunal señala que «la accionante soslaya, en sus cuestionamientos, la incidencia que el estándar democrático y la dimensión colectiva de la libertad de expresión tienen a la hora de resolver la regularidad constitucional de las disposiciones impugnadas», aún cuando pueda afectar su derecho a la propiedad o de libertad de empresa.

Libertad de expresión y el papel del Estado
Para los críticos de la LSCA, el Estado no debería regular los medios de comunicación en tanto cualquier regulación es una limitación a la libertad de expresión. Pero, si bien es cierto que no es aceptable cualquier intervención estatal, también lo es que incluso derechos expresamente reconocidos por nuestra Constitución, como el de propiedad, no son absolutos y admiten restricciones en función del interés general y de protección de otros derechos.

«La actividad normativa del Estado debe ser mínima» cuando se trata la libertad de expresión en su dimensión individual, dice la SCJ, pero «la dimensión colectiva requiere una protección activa por parte del Estado». Esta protección es la que, «indudablemente, procura la ley 19.307, tal como surge de su articulado y de la historia fidedigna de su sanción», concluye.

La posición de nuestro Tribunal retoma una orientación similar a la expresada por la Corte Interamericana de Derechos en un reciente fallo (Granier vs Venezuela): «El Estado debe minimizar las restricciones a la información y equilibrar, en la mayor medida posible, la participación de las distintas corrientes en el debate público, impulsando el pluralismo informativo. (...) La pluralidad de medios o informativa constituye una efectiva garantía de la libertad de expresión, existiendo un deber del Estado de proteger y garantizar este supuesto».

Concentración, libertad de expresión y de empresa
Un caso claro de afectación del derecho de propiedad de las empresas de medios audiovisuales son las limitaciones a la acumulación de medios de comunicación por parte de una persona o empresa. Esto lo han reclamado los empresarios que han recurrido la Ley SCA, argumentando la violación del art. 7 de la Constitución Nacional cuando se prohíbe la formación monopolios y oligopolios, una situación que, para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos «conspira contra la democracia».

La Corte Interamericana ha opinado sobre la legitimidad de las medidas anticoncentración en tanto «el artículo 13.3 de la Convención impone al Estado obligaciones de garantía, aún en el ámbito de las relaciones entre particulares, pues no sólo abarca restricciones gubernamentales indirectas, sino también controles particulares que produzcan el mismo resultado» (esto es, la concentración mediática de emisoras comerciales). «En estos términos se puede explicar la protección de los derechos humanos de quien enfrenta el poder de los medios, que deben ejercer con responsabilidad la función social que desarrollan, y el esfuerzo por asegurar condiciones estructurales que permitan la expresión equitativa de las ideas», concluye.
El Frente propone prohibir publicidad electoral en la televisión y en las calles
La iniciativa de la izquierda quiere privilegiar la comunicación directa
Los spots televisivos con candidatos saludando a la gente, las imágenes de banderas flameando y los jingles pegadizos pasarán a ser historia –al igual que los carteles callejeros– si prosperan los cambios a la ley de financiamiento de partidos políticos que impulsa el Frente Amplio.

La iniciativa redactada por la bancada de senadores de la coalición de izquierdas, a la que tuvo acceso El Observador, propone prohibir, durante las campañas electorales, la publicidad partidaria en todos los canales de televisión, cierta propaganda en lugares públicos y la financiación de actividades proselitistas a través de donaciones privadas.

Además, pretende que las sanciones a la violación de esas reglas no se restrinjan a las multas económicas sino que se le dé pase a la Justicia para que aplique los castigos correspondientes.
"Proponemos ser líderes en Latinoamérica, transformando a Uruguay en el primer país democrático de la región que privilegia la comunicación directa de los candidatos políticos con los electores por sobre las campañas mediáticas. Las dimensiones de nuestro país, su conectividad territorial, la caracterización sociodemográfica y la tradicional cultura política, democrática y republicana, legitiman explorar modalidades que jerarquicen los contenidos programáticos más que la estética y diseño de los mensajes publicitarios", dice el borrador de la propuesta frenteamplista.

La bancada de senadores del Frente Amplio instruyó a José Mujica, Rafael Michelini y Enrique Pintado para que acuerden con la oposición nuevas normas de la financiación de los partidos y formen una comisión especial que redacte las normas legislativas pertinentes. También la senadora y secretaria general del Partido Socialista, Mónica Xavier, expresó su interés en participar de esta comisión.

En el escrito se proponen variantes para controlar el financiamiento partidario: dotar a la Corte Electoral de los recursos necesarios para crear un departamento de Auditoría; formar una nueva estructura estatal independiente que tenga ese objetivo; darle esas atribuciones al Tribunal de Cuentas, dotándolo de los recursos que requiera; o generar una coordinación entre la DGI, el Tribunal de Cuentas y la Corte Electoral para que se encarguen de esa tarea.

Sea cual sea el camino elegido, desde la izquierda consideran que se deben diseñar nuevas y mayores exigencias para conocer de dónde se obtienen y cómo se gastan los recursos de los partidos políticos.

Desde el Frente Amplio recuerdan que debido a la falta de recursos y especificaciones legislativas, actualmente se actúa exclusivamente frente a denuncias realizadas y, a partir de la entrada en vigencia de la nueva ley de partidos, solo se efectuó una denuncia que fue archivada.

La referencia tiene que ver con una protesta presentada por una organización civil que le apuntó a partidos supuestamente financiados por empresas que tenían contratos de obras con el Estado.

Empresas y narcotráfico
Los senadores del Frente Amplio recuerdan que en el mundo hay varios ejemplos de países que se vieron en problemas por los escasos controles sobre los partidos.

"Frente a la constatación de que en varios países del mundo, el financiamiento de los partidos, lamentablemente, ha sido utilizado para corromper el sistema democrático y deteriorar la indispensable institucionalidad republicana, proponemos impulsar la creación de un Observatorio Iberoamericano de financiamiento que promueva la transparencia del sistema democrático, con foco en la relación de los partidos políticos con el dinero, y muy especialmente el que pueda provenir de los centros de poder empresarial y del narcotráfico", propone la izquierda.

Este Observatorio "se nutriría y estaría en permanente coordinación con todas las agencias locales e internacionales que investigan este tema; ello incluye también a organismos internacionales, organizaciones civiles de alcance mundial, regional o local, universidades, fundaciones; asociaciones de periodistas y la Justicia".

El Frente Amplio insiste en "prohibir que las empresas privadas, nacionales, internacionales y concesionarias del Estado, puedan realizar donación o contribución alguna a los partidos políticos, tanto sea monetaria, de servicios o materiales, y anular también toda opción de hacer contribuciones o donaciones anónimas de cualquier tipo".

"Solo podrán realizar contribuciones a los partidos políticos los ciudadanos con afiliación partidaria documentada. Cada ciudadano podrá estar afiliado a una sola colectividad partidaria, pudiendo aportar al partido y/o a un sector integrante del mismo, un monto máximo anual a determinar", ofrece la propuesta del Frente, que también requiere que quienes ocupen cargos electivos y de confianza hagan públicas sus declaraciones juradas.

"Discrecionalidad tarifaria"
En los artículos del documento que refieren a la publicidad electoral, el Frente Amplio es drástico y propone prohibir durante las campañas políticas "la emisión de publicidad partidaria en todos los canales de TV abierta y por cable".

"En la última campaña política de octubre 2014, los partidos declararon haber gastado casi U$S 15 millones en un mes de publicidad televisiva. Este es el mayor gasto del quinquenio de todos los partidos, con fondos que no tienen, y parte de los cuales podrían volcarse a otras actividades que fortalezcan internamente a las organizaciones y su contacto con la comunidad. Para la publicidad en TV habitualmente se apela a contribuciones de privados, y los partidos se someten a la discrecionalidad tarifaria de los canales, vulnerándose criterios de equidad en el acceso a los medios de comunicación masivos", se advierte.

Como alternativa se propone que, durante la campaña, los canales concesionarios de las ondas del Estado cedan gratuitamente la misma cantidad de tiempo a todos los partidos políticos por igual, para que puedan difundir sus propuestas. "Esta medida favorecerá la realización de campañas en base a contenidos, promoverá la existencia de debates políticos interpartidarios televisivos, y la creación de nuevos programas periodísticos que pongan foco en la actividad política", prevén los redactores del escrito.

En ese sentido, también se propone "prohibir todo tipo de cartelería o anuncios políticos basados en tecnología audiovisual, en la vía pública, tanto en la red vial urbana, rutas nacionales, caminería departamental y rural".

"Además de ahorrar costos, se hace una contribución social disminuyendo la contaminación visual y colaborando con la seguridad vial, al eliminar distractores que potencialmente pueden generar siniestros de tránsito, una de las principales causas de muertes y lesiones graves en los jóvenes del Uruguay. Como contrapartida, proponemos ampliar y distribuir equitativamente el uso de los espacios públicos aptos para instalar puestos partidarios de difusión política en directo contacto con la gente. Tanto para brindar información, repartir listas, folletería o reproducir mensajes de los líderes políticos", dicen en el Frente Amplio.

La propuesta está abierta a modificaciones y será presentada al resto de los partidos políticos.

Cambios en los aportes públicos
En su propuesta sobre financiamiento de partidos políticos, el Frente Amplio también sugiere revisar el aporte público a las colectividades –que ahora se establecen según los votos obtenidos– y crear una "escuela de gobierno" en cada departamento cuyo objetivo será "la capacitación política y de la gestión ejecutiva y legislativa en los tres niveles de Gobierno (nacional, departamental y municipal)"

Los entes no podrán salir en televisión
En la propuesta de reforma que promueve el Frente Amplio también se prohíbe, durante la campaña electoral, cualquier publicidad televisiva de entes del Estado. "Solo se exceptuará aquella información que sea considerada de urgente necesidad e indispensable para la población, vinculada a los servicios que brindan y con previa autorización del Poder Ejecutivo", dice el escrito.
Fuente: Observador

domingo, 1 de mayo de 2016